Corte de Copiapó rechaza solicitud de desafuero contra el gobernador regional Miguel Vargas

Corte de Copiapó rechaza solicitud de desafuero contra el gobernador regional Miguel Vargas

La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó este lunes la solicitud del Ministerio Público para desaforar al gobernador regional de Atacama, Miguel Vargas Correa, y determinó que no procede la formación de causa en su contra por el delito de abuso sexual.

En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Carlos Meneses Coloma, Pablo Krumm de Almozara y Aída Osses Herrera, resolvió no acoger la acción, considerando que los antecedentes aportados por la Fiscalía resultaron insuficientes para acreditar la existencia del delito y justificar el levantamiento del fuero que ampara a la autoridad regional.

El fallo establece que, si bien la investigación buscaba determinar la responsabilidad penal del gobernador por supuestas acciones cometidas con fuerza o intimidación, la evidencia presentada por el Ministerio Público “no revela el proceder con fuerza ni permite advertir algún grado de intimidación atribuible a la autoridad”.

Asimismo, la sentencia destaca que la prueba principal –una grabación en video– fue considerada de mayor peso que la evidencia complementaria reunida antes y después de los hechos, la cual dependía en gran medida del testimonio de la presunta víctima. Según el tribunal, esto “aminora su importancia” y no permite configurar el estándar de plausibilidad requerido por el artículo 140 del Código Procesal Penal.

En consecuencia, la corte resolvió que “se rechaza la solicitud de desafuero formulada en contra de Miguel Eduardo Vargas Correa, gobernador regional de Atacama y, en consecuencia, se impide la formación de causa a su respecto para investigar la eventual responsabilidad penal que le haya correspondido en los hechos”.

La decisión fue adoptada por mayoría, con el voto en contra del ministro Meneses Coloma, quien estuvo por acoger la solicitud de desafuero presentada por la Fiscalía.

Con este fallo, el gobernador regional mantiene su fuero y no podrá ser investigado penalmente por los hechos denunciados, salvo que surjan nuevos antecedentes que permitan reabrir el debate judicial.