Diputada Yasna Provoste celebra aprobación de proyecto que perfecciona las leyes de Inclusión Escolar y Subvenciones

Con un amplio respaldo en la Cámara de  Diputados, fueron aprobadas  y despachadas  las modificaciones del Senado al proyecto de ley miscelánea que modifica y perfecciona  las  leyes de Inclusión Escolar y Subvenciones.

Al respecto,  la diputada y electa senadora DC Yasna  Provoste celebró la aprobación de este proyecto de ley,  más conocido como ley miscelánea de  educación,  asegurando que  con estas modificaciones el Gobierno resuelve diversas observaciones que fueron detectadas en la aplicación  esta leyes  durante  sus  primeros meses de vigencia.

La iniciativa que quedó lista  para ser  promulgada  por el Ejecutivo,  resuelve materias  de arriendos de establecimientos educacionales,  el plazo que tiene los colegios subvencionados para hacer el cambio de giro a sin fines de lucro y  corrige un error de referencia en la Ley de Presupuestos vigente, para habilitar el pago de la Beca de Excelencia Académica durante el año en curso, entre otros.

En cuanto a  las  modificaciones que  plantea  la  Ley Miscelánea, Provoste precisó  “esta es una demostración más de la diferencia de concepción  de país que tenemos con la oposición.  Cuando  discutimos  este  proyecto inicialmente el año 2014, buscábamos poner  fin al lucro , fin a  la  selección  y fin  al copago  y en ese  momento  la coalición de Chile Vamos votó  en contra de  la idea  de legislar.  Ya que  ellos piensan que la educación es un bien de  mercado,  es un negocio, por  lo tanto para ellos  estaba  bien que esos  400  millones de  dólares  fueran  al  bolsillo de   los sostenedores   y no a la tarea educativo”.

“Nosotros buscamos avanzar cada  día más en garantizar los  derechos  sociales y claramente  tenemos  que  hacer  un esfuerzo como país. Sin embargo,  tenemos  que tener  la certeza  de  que estos recursos  vayan  a  la  educación  y no se utilicen con  otro  propósito”  recalcó,  la diputada Yasna Provoste.

La normativa regula la compraventa y arriendos de establecimientos educacionales por parte de los sostenedores de dichos recintos, de tal  manera que se puede pactar el valor de arriendo de un inmueble, con ciertas limitaciones, adicionalmente se autoriza el proceso de autocompra, sin intermediación bancaria, de dichos propiedades.

Respecto a  los  sostenedores que no ingresen a tiempo la solicitud para ser una entidad sin fines de lucro, establece un mecanismo para atender situaciones de pago de subvención en caso de emergencias, excluye del Sistema de Admisión Escolar los establecimientos que impartan exclusivamente educación parvularia, y resuelve la situación causada por fallecimiento de una persona que constituyó una Entidad Individual Educacional.