Bono Bodas de Oro suma más de 5 mil aportes en Atacama
Desde que se implementó el Bono Bodas de Oro en nuestro país, sólo en la región de Atacama son más de 5 mil los beneficios que se han pagado a través del Instituto de Previsión Social, donde el Estado destinó más de 687 millones de pesos para estos matrimonios que cumplieron 50 años de casados.
El Bono Bodas de Oro se instaura el año 2011, bajo la Ley 20.506 y otorga una ayuda económica a quienes cumplen los 50 años de matrimonio. Para tramitarlo se debe acreditar esta condición y la solicitud se hace conjuntamente entre los cónyuges, quienes reciben el pago en partes iguales.
Durante el 2018, el monto fijado para el Bono Bodas de Oro es de 313.236 por pareja. Deben presentarse en los Centros de Atención del IPS con la cédula de identidad y cumplir con lo básico; no estar separados o divorciados en una causa legal, tener al día el Registro Social de Hogares y pertenecer al 80% más vulnerable del país. Aquellas personas que están en hogares de larga estadía que son reconocidos por el Estado, pueden hacer el trámite a través de un apoderado que cuente con un poder notarial y acredite la permanencia de los cónyuges en una residencia.
Dissa Castellani Martínez, directora del IPS Atacama señaló que “es muy importante que las personas que cumplen los 50 años de matrimonio hagan de inmediato su trámite para recibir el Bono Bodas de Oro, recordar que deben tener al día su Registro Social de Hogares y con la cédula de identidad deben acercarse al IPS para solicitar el inicio de la solicitud, donde el pago no demora más de 30 días en hacerse efectivo”
Por su parte el Seremi del Trabajo Carlos Leal Varas reforzó la importancia de este bono e invitó a las personas a realizar las consultas señalando que “el llamado a la ciudadanía es a informarse de este y otros beneficios que el estado otorga, especialmente a aquellas personas que más lo necesitan. Hacemos énfasis en esto puesto que es un sello de nuestro presidente Sebastián Piñera el fortalecimiento de la familia y de la sociedad en general. Recordemos que este es un beneficio que se impulsó en la pasada administración de nuestro presidente y que se ha mantenido en el tiempo, logrando su objetivo de reconocimiento a aquellos que cumplen 50 años de casados”.
En el caso de las personas viudas, estas tendrán derecho al bono en los siguientes casos; si habiendo cumplido 50 años de matrimonio uno de los cónyuges fallece, el sobreviviente puede optar a su parte del bono, tramitándolo antes de los 12 meses del fallecimiento. Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio, una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida formará parte de su herencia