Se logra condena en procedimiento abreviado en caso de periodistas que fueron filmadas sin su consentimiento en su trabajo
- Durante el procedimiento que se realizó en el juzgado de Copiapó, se logró acreditar por la Fiscalía y querellante SernamEG, la determinaron de responsabilidad del imputado.
Durante la mañana de este martes 6 septiembre en el Juzgado de Garantía de Copiapó se llevó a cabo procedimiento abreviado respecto de un caso de connotación pública que quedó al descubierto durante mediados del año 2021, donde el ex Director de Red Atacama mediante varias cámara espías tomaba grabaciones sus compañeras periodistas, en el lugar donde se cambiaban de vestuario antes de entrar al aire en el noticiero de la estación pública regional.
“Durante el procedimiento abreviado se logró acreditar que el imputado desde septiembre del año 2020 venia grabando sin el consentimiento de las víctimas a la fecha que fue descubierto a principios de junio del 2021. Hechos que además el imputado acepto. Debemos tener en claro que aquí existió una violación a la privacidad de las víctimas, situaciones ocurridas en su espacio laboral, donde además el imputado tenía un rol de jefatura”, señaló la Directora regional de SernamEG, Camila Tapia Morales.
Esto caso, junto al ocurrido a una gendarme condenado el pasado viernes, nos evidencia las vulneraciones que lamentablemente viven las mujeres en espacios laborales, hechos perpetrados en ambos casos por superiores jerárquicos, dando cuenta lo que muchas mujeres sufren viéndose imposibilitadas de vivir una vida libre de violencia y acoso en su espacio laboral, constituyendo una violación a sus derechos como mujeres y trabajadoras.
Desde SernamEG la Directora Regional agregó, que “el llamado siempre desde nuestro servicio es a NO normalizar bajo ningún punto de vista estos actos que generan afectaciones en las víctimas y sus familias. Nunca se debe responsabilizar a la víctima por los hechos, ya que como sociedad debemos poner la culpa en quien corresponde, el victimario. Y por supuesto denunciar en las policías y/o fiscalía, para que se pueda iniciar una investigación”.
El caso fue representado en su calidad de querellante por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, a través de la abogada de la línea de violencia extrema. La pena impuesta por el tribunal al imputado fue de 541 días de presidio menor en su grado medio, pena que cumplirá en forma de remisión condicional. Además del pago de 5 UTM. Uno de los puntos que debemos mencionar es que la defensa solicito que los antecedentes del imputado quedaran sin registro de la condena, hecho que desde el SernamEG no compartimos, ya que no debemos olvidar que existía una conducta reiterada del imputado la que solo cesa en la medida que es descubierto, queremos relevar que estas acciones atenta contra la dignidad de las víctimas y lamentablemente se encuentran minimizadas.