Dirección del Trabajo fiscalizará a buses interurbanos por aumento de viajes durante fin de semana largo
- Se verificará en terminales que conductores inicien los recorridos con los descansos previos cumplidos para garantizar viajes seguros.
- Choferes que incumplan esa obligación de jornada serán suspendidos de sus turnos y deberán ser reemplazados por otros que estén en regla para que los buses puedan iniciar sus trayectos.
La Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará el jueves 26 y viernes 27 de octubre las jornadas de conducción y descanso de las tripulaciones de los buses interurbanos de pasajeros debido al aumento de viajes en este fin de semana largo.
El objetivo es verificar que las tripulaciones inicien sus turnos con los descansos legales previamente cumplidos, garantizando así la seguridad carretera de choferes, auxiliares y pasajeros.
Así lo informó este jueves el director del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz, en el Terminal de Buses Sur de Santiago, hasta donde llegó junto con un equipo de fiscalizadores para informar de este programa inspectivo que se coordina con los que están efectuando en sus respectivos ámbitos de competencia el Ministerio de Transportes y Carabineros en un propósito común de dar máxima seguridad a los viajes del transporte interurbano de pasajeros.
Las fiscalizaciones de la DT se aplicarán a 129 buses en las regiones de Arica y Parinacota (10), Tarapacá (7), Antofagasta (10), Atacama (10), Coquimbo (10), Valparaíso (10), O’Higgins (5), Maule (10), Ñuble (9), Biobío (10), La Araucanía (6), Los Ríos (8), Los Lagos (14) y Metropolitana (10).
La autoridad fiscalizadora dijo que “la Dirección del Trabajo, nuevamente, como en muchos feriados de descanso extensos, nos hacemos presente fiscalizando las condiciones de trabajo de los conductores y las conductoras, porque entendemos que la seguridad laboral es también seguridad para los pasajeros y pasajeras”. Añadió que, por tal razón, “estamos fiscalizando el cumplimiento de las jornadas de trabajo; de las horas máximas de conducción, que no pueden extenderse a más de cinco horas; las horas de descanso mínimas, que son de dos horas entre cada una de las conducciones y de jornada diaria, que son de ocho horas”.
Los controles estarán centrados exclusivamente en aquellos buses que realicen viajes de más de cinco horas. Para ello, en los terminales de las 14 regiones objeto del programa inspectivo los fiscalizadores subirán a las cabinas e imprimirán desde el dispositivo automatizado instalado junto al volante el comprobante de registro de jornada y descanso cumplido previamente por cada miembro de la tripulación.
Durante esta fiscalización la DT puede aplicar multas o hasta suspender a las tripulaciones o a parte de ellas si se comprueba de los comprobantes impresos que no se ha cumplido con los descansos previos, o incluso si de la toma de declaraciones a choferes y auxiliares surgen indicios de aquella infracción.
Materias fiscalizables y multas
Las materias por fiscalizar son:
- Instalación y funcionamiento del dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
- Funcionamiento correcto del dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
- Tiempo máximo de conducción continua (5 horas)
- Descanso mínimo entre turnos de conducción (2 horas)
- Descanso semanal compensatorio.
- Cumplimiento correcto de autorizaciones de jornadas excepcionales de trabajo y descanso.
Las infracciones a cualquiera de estas obligaciones significará la aplicación de multas que fluctúan entre las 3 ($190.545) y las 60 ($3.810.900) Unidades Tributarias Mensuales, al valor de octubre ($63.515), dependiendo de si la empresa sancionada es micro, pequeña, mediana o grande.
Así, la escala de multas factible de aplicar es:
• Microempresa (1 a 9 trabajadores): 3 UTM ($190.545) a 5 UTM ($317.575)
• Pequeña empresa (10 a 49 trabajadores): 6 UTM ($381.090) a 10 UTM ($635.150)
• Mediana empresa (50 a 199 trabajadores): 24 UTM ($1.524.360) a 40 UTM ($2.540.600)
• Gran empresa (200 y más trabajadores): 36 UTM ($2.286.540) a 60 UTM ($3.810.900)
Adicionalmente, se sancionará con entre 3 y 60 UTM si la empresa a la cual debe notificársele las multas aplicadas no ha registrado ante la DT una casilla de correo electrónico u otro medio digital a los cuales pueda enviársele notificaciones, citaciones o comunicaciones.
Suspensión de tripulantes
Los fiscalizadores podrán suspender a tripulantes (choferes y auxiliares) en los siguientes casos:
- No está instalado en el bus el dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
- El dispositivo está instalado pero sin funcionamiento y de la declaración del tripulante se advierte que no ha cumplido correctamente con sus jornadas y descansos.
- El dispositivo está en funcionamiento pero el reporte impreso no arroja toda la información necesaria y de la declaración del tripulante se advierte que no ha cumplido correctamente con sus jornadas y descansos.
Los tripulantes en infracción deben dejar sus turnos de inmediato. Los buses que iban a conducir solo pueden iniciar sus viajes si las empresas reemplazan a los trabajadores suspendidos por otros que sí han cumplido previamente con los descansos legales.
En el último fin de semana largo, el de Fiestas Patrias, la DT realizó 227 fiscalizaciones en 12 regiones: Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Metropolitana.
Aplicó 54 multas por $136.167.992 y suspendió a 16 tripulantes.