TRIBUNAL AMBIENTAL ACOGIÓ RECURSO DE RECLAMACIÓN CONTRA LA DEROGACIÓN DE LA NORMA MP10 PRESENTADA POR MUNICIPALIDAD DE HUASCO
Ayer, el Segundo Tribunal Ambiental falló los recursos, acogiendo parcialmente el recurso de la Fiscalía del Medio Ambiente, y acogiendo totalmente el recurso presentado por el Municipio de Huasco, que anula el decreto Supremo 20 que derogó el decreto supremo 59 que establecía los valores por material particulado respirable MP10, pues establece que la derogación de una norma de protección ambiental, no debe fundarse en criterios fundados en un acuerdo político sino que en elevados estándares que no se cumplieron, y debieran basarse en una adecuada discusión científica, sociológica y jurídica, no bastando sólo la creación de la norma de MP 2,5, pues ella no consideró en su establecimiento, la derogación de la norma de mp10.
A juicio del abogado del Municipio, Carlo Mora, «se pone fin a una incertidumbre respecto a la norma de valores que permite proteger a la población frente a las emisiones, pues si bien es cierto existe una norma sobre mp 2,5, al derogar la norma de mp10, Huasco corría el riesgo de perder su condición de latencia basada en que no existía ya la norma pertinente, y con ello se ponía en riesgo el Plan de prevención y recuperación ambiental respectivo.»
Por otra parte, el edil de la comuna Rodrigo Loyola, manifestó su satisfacción pues esto corona un arduo trabajo que se ha desplegado en todos los niveles por mejorar la condición ambiental del puerto Huasco: «Nos alegra que los nuevos Tribunales ambientales nos hayan dado la razón, y que con este fallo se proteja la salud de las personas que esperan se implemente el Plan de recuperación ambiental en el que trabajamos junto al actual gobierno. Huasco ha sido desatendido por el Estado de Chile desde hace muchos años, pasando por saturación ambiental y hoy cuando luchamos para sacarla realmente de su condición de latencia, teníamos el riesgo de perder todo ese avance porque un decreto del gobierno anterior derogaba una norma lo que nos dejaba absolutamente desprotegidos frente al control de las emisiones».
ANTECEDENTES:
SANTIAGO.- El Tribunal Ambiental acogió a trámite cuatro acciones judiciales presentadas por las municipalidades de Puchuncaví, Huasco, Tocopilla y la Fiscalía de Medio Ambiente (FIMA) contra la ministra del ramo, María Ignacia Benítez, por la derogación de una norma de calidad del aire que regula la emisión de material particulado MP10. El recurso de reclamación está motivado por lo dictado en el Decreto n°20 del Ministerio de Medio Ambiente que establece la «Norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia», el cual fue publicado el pasado 16 de diciembre en el Diario Oficial y deroga el anterior n° 59 de 1988. Según el recurso presentado por la Municipalidad de Huasco se solicita la nulidad de este decreto porque «no aborda los efectos nefastos que generará en lo que respecta a zonas saturadas, latentes, planes de prevención y/o descontaminación, ni en lo que respecta al ingreso y evaluación de proyectos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental». Y además, entre otro argumentos, asegura que lo establecido en el Decreto n°20 genera perjuicios a los recurrentes, habitantes de sectores latentes por la norma MP10 de concentración anual, especialmente afectados en materia de contaminación.
(fuente: Emol.com)