La Dirección del Trabajo (DT) aplicó un total de 54 multas y suspendió a 16 conductores de buses interurbanos de pasajeros durante la fiscalización realizada entre ayer viernes y hoy sábado en 12 regiones del país.
El programa inspectivo consistió en fiscalizar el cumplimiento de las jornadas de conducción y descanso de las tripulaciones de estos buses debido al aumento de viajes en este fin de semana largo de Fiestas Patrias.
De paso, al garantizar que las tripulaciones inicien sus turnos con los descansos legales previamente cumplidos, la DT contribuye a la seguridad carretera de choferes, auxiliares y pasajeros, disminuyendo la probabilidad de accidentes por causa de la fatiga.
El subdirector del Trabajo, Cristián Umaña, informó que “la aplicación de 54 multas de un total de 227 fiscalizaciones realizadas entre ayer viernes y hoy sábado, en las que también suspendimos a 16 conductores, demuestra la necesidad de que la Dirección del Trabajo siga realizando estas inspecciones, sobre todo en los fines de semana largos, porque hay empresas de buses interurbanos de pasajeros que continúan incumpliendo las normas de conducción y descansos legales, obligando a sus conductores a manejar en las carreteras sin haber descansado lo suficiente”.
La autoridad añadió que “la exigencia de cumplimiento de jornada de trabajo y descanso de conductores y auxiliares de buses es un deber de la Dirección del Trabajo, tal como lo es con trabajadores y trabajadoras de cualquier ámbito laboral. Pero en este caso, al fiscalizar que los conductores comiencen sus turnos con los descansos previos cumplidos estamos ayudando también a garantizar viajes más seguros para las tripulaciones y sus pasajeros. De ese modo disminuyen las posibilidades de accidentes carreteros por causa de la fatiga”.
El programa inspectivo se aplicó a 227 buses en las regiones de Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Metropolitana.
Las 54 multas cursadas significaron un monto de $136.167,992.
Los controles estuvieron centrados preferentemente en aquellos buses que realizan viajes de más de cinco horas. Para ello, en los principales rodoviarios de las 12 regiones los fiscalizadores subieron a las cabinas e imprimieron desde el dispositivo automatizado instalado junto al volante el comprobante de registro de jornada y descanso cumplido previamente por cada miembro de la tripulación.
En estas fiscalizaciones la DT puede aplicar multas o hasta suspender a las tripulaciones o a parte de ellas si se comprueba de los comprobantes impresos que no se ha cumplido con los descansos previos, o incluso si de la toma de declaraciones a choferes y auxiliares surgen indicios de aquella infracción.
Materias fiscalizables
Las materias fiscalizadas fueron:
· Instalación y funcionamiento del dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
· Funcionamiento correcto del dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
· Tiempo máximo de conducción continua (5 horas)
· Descanso mínimo entre turnos de conducción (2 horas)
· Descanso semanal compensatorio.
· Cumplimiento correcto de autorizaciones de jornadas excepcionales de trabajo y descanso.
Suspensión de tripulantes
Los fiscalizadores pueden suspender a tripulantes (choferes y auxiliares) en los siguientes casos:
· No está instalado en el bus el dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
· El dispositivo está instalado pero sin funcionamiento y de la declaración del tripulante se advierte que no ha cumplido correctamente con sus jornadas y descansos.
· El dispositivo está en funcionamiento pero el reporte impreso no arroja toda la información necesaria y de la declaración del tripulante se advierte que no ha cumplido correctamente con sus jornadas y descansos.
Los tripulantes en infracción deben dejar sus turnos de inmediato. Los buses que ellos se disponían a conducir solo pueden iniciar sus viajes si las empresas reemplazan a los trabajadores suspendidos por otros que sí han cumplido previamente los descansos legales.