TOP DE COPIAPÓ ORDENA LA INTERNACIÓN SIQUIÁTRICA DE POR VIDA DE AUTOR DE PARRICIDIO, HOMICIDIO Y LESIONES EN FREIRINA
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó impuso a O.A.C.A. la medida de seguridad de internación de por vida en un establecimiento siquiátrico, como autor de los delitos consumados de parricidio, homicidio calificado y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar. Ilícitos cometidos en la comuna de Freirina, en agosto del año pasado.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Adrián Reyes Pardo (presidente), Lorena Rojo Venegas y Sebastián del Pino Arellano (redactor)– tras constatar la inimputabilidad de O.A.C.A. declarada por el Juzgado de Garantía de Freirina, ordenó su internación en el Hospital Psiquiátrico Dr. Phillippe Pinel de la comuna de Putaendo.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que “el día 22 de agosto de 2022, a las 19.30 horas aproximadamente, en el interior del domicilio ubicado en el sector Tatara Alto S/N, de la comuna de Freirina, el imputado O.A.C.A., agredió a su abuelo materno, D.A.A.I., de 72 años de edad, propinándole diversos golpes, en distintas partes del cuerpo; luego arrastró a su abuelo a un pozo de agua ubicado en el lugar, momento en que interviene su abuela materna, A.C.P.M., quien al concurrir al lugar en auxilio de D.A.A.I., fue agredida por su nieto con un golpe en el rostro, cayendo al suelo y quedando herida.
Al sentir la llegada de su madre M.A.A.P., junto con su marido, C.A.R.R., el imputado se escondió en unos árboles del lugar y premunido de un cuchillo, le propinó en forma repentina una puñalada en el rostro a C.A.R.R.
A continuación, arrastró a su abuelo hasta el pozo con agua y le sumergió la cabeza en el agua y barro del pozo, subiéndose en la espalda de este para asegurar su cometido, acción que luego repitió con C.A.R.R., a consecuencia de lo cual, ambas personas fallecieron en el lugar.
Finalmente, O.A.C.A. trasladó los cuerpos y los subió en el pick up una camioneta, momento en que fue sorprendido por funcionarios de Carabineros de Chile, en el asiento del conductor de la camioneta, en un camino cercano a la casa en donde ocurrieron los hechos”.
A consecuencia de la agresión, “M.A.A.P. resultó con herida cortocontundente en mejilla izquierda, solución de continuidad de la piel de mejilla, de cuatro centímetros de largo, lineal, bordes netos, con sangrado activo. Por su parte, la causa de muerte de C.A.R.R. y D.A.A.I., conforme a autopsia del Servicio Médico Legal, corresponde a asfixia por inmersión, homicidio”, detalla el fallo.