Se realizó la primera reunión 2023 del Comité Provincial para la Gestión del Riesgo de Desastres
En el marco de la Ley 20.364, con el objeto de planificar y establecer las medidas a desarrollar en nuestra Provincia de Chañaral, se convoca a reunión del 1° Comité Provincial para la Gestión del Riesgo de Desastre (COGRID) Provincial
En dependencias de la delegación presidencial provincial de Chañaral tuvo lugar la primera reunión de trabajo del Comité para la Gestión del Riesgo de Desastres de la provincia de Chañaral (COGRID), cuyo objetivo fue conocer los protocolos de funcionamiento como autoridades provinciales dentro del ámbito de la gestión de riesgo de desastres en conformidad a lo que dicta la ley y que se encuadra en las diferentes etapas del ciclo del riesgo.
La instancia fue liderada por el Delegado Presidencial Provincial Jorge Fernández Herrera, quien señaló “tenemos que estar preparados siempre en la eventualidad de que, en caso de una emergencia, podamos enfrentarla con todas las herramientas técnicas, con una unidad de mando y los servicios competentes actuar en forma coordinada”.
Por su parte el director regional de la SENAPRED Roberto Muñoz además de dar a conocer a los participantes en qué consistía el COGRID reiteró la importancia de esta instancia de coordinación, ya que “para el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, se requiere de una revisión continua junto a las autoridades y servicios relacionados de la operacionalidad y coordinación de las actividades en caso de emergencia, desastre o catástrofe, siempre fortaleciendo al comité regional, que lidera el Delegado Presidencial Regional Cristhian Fuentes Varas.
Según el Artículo 10 de la Ley 21.364 de los comités y sus funciones. Los Comités para la Gestión del Riesgo de Desastres ejercerán las funciones de planificación y coordinación en las Fases de Mitigación y Preparación en cada uno de los niveles.
El Comité Provincial deberá:
a) Aprobar el Plan Provincial de Emergencia, a propuesta del funcionario del Servicio que designe el director regional.
b) Coordinar, a través del funcionario del Servicio que designe el director regional, los Comités Comunales que correspondan a la provincia, con el objeto de desarrollar las capacidades y recursos para fortalecer la Gestión del Riesgo de Desastres en dicha unidad territorial y de sus instrumentos.
c) Recomendar al Servicio proyectos a ser financiados con cargo al Programa de Gestión del Riesgo de Desastres establecido en el artículo 41 de esta ley.
El Plan Provincial de Emergencia corresponderá al instrumento de gestión del riesgo, que contempla la coordinación y funcionamiento del Sistema para el empleo de sus capacidades disponibles a nivel provincial durante la Fase de Respuesta. Este instrumento establecerá como anexo diversas materias específicas de acuerdo con las instrucciones entregadas por el Servicio.
En la elaboración del Plan Provincial de Emergencia se consultará a las entidades públicas, pudiendo además solicitar opinión a las entidades privadas que se estime conveniente, y se recibirán los aportes de la comunidad organizada, a través de los procedimientos que defina el reglamento.
Por esta razón es la evolución del COE al COGRID y la idea de conformación de este, es previo a la ocurrencia de cualquier emergencia, es justamente la construcción de un instrumento de gestión del riesgo llamado Plan de emergencia, donde aunaremos las capacidades para poder responder y recibir una emergencia desde la comuna que sube de nivel. Al contar con este instrumento de gestión del riesgo y para lo que está hecho es la forma en la que el COGRID expresa su trabajo.
El documento que dará la creación del COGRID será un oficio con numero de resolución de la Delegación y el presidente del COGRID será el Delegado Provincial.
Finalmente teniendo en consideración la Ley, daremos cumplimiento al conformar el equipo de trabajo y en esta sesión definiremos quienes serán miembros integrantes permanentes los cuales tendrán derecho a voto y también definiremos quienes podrán ser convocados para ser oídos es decir que no tendrán derecho a voto, pero pueden ser parte del COGRID, por esta razón se hace partícipe a las empresas, pero desde una parte de apoyo.
El Plan Provincial de Emergencia será revisado por el Servicio al menos cada dos años, o en cualquier momento, si así lo dispone fundadamente el funcionario mencionado, y en caso de modificarse el Plan Estratégico Nacional o el Plan Nacional de Emergencia.