Hospital Provincial del Huasco fue acreditado para otorgar cobertura en Ley Ricarte Soto

  • El “Monseñor Fernando Ariztía” se convierte en el primer hospital de Atacama en ser acreditado para prestar cobertura en tres patologías.

La Directora del Servicio de Salud de Atacama, Dra. Sonia Ibaceta,  informó que el Hospital Provincial del Huasco (HPH), “Monseñor Fernando Ariztía Ruiz”, podrá comenzar a otorgar cobertura  en tres enfermedades que están definidas bajo la Ley Ricarte Soto. “Esta acreditación, permite que el Hospital Provincial del Huasco sea el primero de la Región de Atacama, en convertirse en prestador de esta ley, lo que es gran paso en beneficio de nuestros pacientes”, señaló la facultativa.

El Director del HPH, Claudio Baeza Avello, informó que hace un mes atrás se comenzó el proceso de postulación en el ministerio de Salud para ser prestador de la Ley Ricarte Soto, “pues nosotros como hospital queremos ser parte de los centros acreditados a nivel nacional y así los pacientes acogidos a esta ley, se atiendan con nosotros y no retiren sus tratamientos en los hospitales de La Serena, Coquimbo o Antofagasta”.

La Ley Ricarte Soto es un sistema de protección financiera que garantiza el diagnóstico y tratamiento de enfermedades de alto costo, dirigida a los beneficiarios de todos los sistemas previsionales chilenos de salud, sin importar su situación económica.

“Son 11 patologías y la ley permite cubrir independientemente de su previsión, sean Fonasa o Isapre, y nosotros postulamos con tres patologías, que son Enfermedad de Anderson Fabry, Artritis reumatoidea refrectaria al tratamiento habitual y cáncer de mama que sobreexpresen el gen HER2”, dijo Baeza, agregando que estas enfermedades son las más prevalentes y  con pacientes en el HPH.

Cabe destacar, que los tratamientos se entregan en hospitales y clínicas definidos por el Ministerio de Salud, mientras que los fármacos e insumos garantizados serán adquiridos por la Central Nacional de Abastecimiento (Cenabast), que podrá optar a compras en el extranjero, en caso de no hallarlo dentro del territorio nacional.

Baeza manifestó que este “es un tremendo avance para nosotros como hospital y para nuestros usuarios, pues estimamos que existen alrededor de 50 usuarios de estas enfermedades en  nuestro hospital, y se podrán atender acá usuarios de toda la provincia y región. En cáncer de mamas y artritis reumatoidia seremos prestadores regionales. Eso es un avance y un desarrollo importante para los usuarios”

¿Cómo se accede al beneficio?

  • Al igual que en el AUGE, las personas cuyo tratamiento se encuentre cubierto por esta ley, serán notificadas del beneficio por su médico tratante.
  • Luego, si está en Fonasa, por ejemplo, éste designa un prestador, que ya fue aprobado por el Ministerio de Salud de acuerdo a su calidad técnica.
  • A continuación, el prestador, ya sea clínicas y hospitales públicos, confirma el diagnóstico y comienza el tratamiento  de la persona. 
  • La evaluación no puede demorar más de cuatro días hábiles, mientras que la entrega del tratamiento no puede demorar más de 60 días hábiles