Senado despacha a ley disposiciones que regulan publicidad y etiquetados en el alcohol

El ministro del Interior, Rodrigo Delgado, destacó la aprobación de la iniciativa. «(Es) un gran paso para prevenir el consumo de esta droga en niños y jóvenes», sostuvo.

Con 27 votos a favor y una abstención, este martes la Sala del Senado aprobó el informe de la comisión mixta que establece nuevas normas y modifica a la Ley de Alcoholes, por lo que la iniciativa quedó en condiciones de ser despachada por el Congreso al Ejecutivo y ser promulgada. Este proyecto, originado en cuatro mociones, regula la publicidad que incentiva el consumo de alcohol; busca revertir el consumo de los menores de edad; incorpora en los envases y en la publicidad leyendas que adviertan sobre los efectos del alcohol en la salud; y estimula el cumplimiento de las normas de la ley sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas. «Las familias no seguirán esperando. Hoy se aprobó la reforma a la Ley de Alcoholes, la cual modifica la legislación sobre expendio, comercialización y producción de bebidas alcohólicas. Un gran paso para prevenir el consumo de esta droga en niños y jóvenes», sostuvo al respecto el ministro del Interior, Rodrigo Delgado. En detalle, la iniciativa considera que se exigirá la aplicación de etiquetado en todas las bebidas alcohólicas para indicar sus efectos nocivos a la salud, algo similar a lo que ocurre con el cigarro. Además, el mensaje deberá enfatizar en la prohibición del consumo en niños, niñas y adolescentes menores de 18 años, embarazadas, etc. En tanto, este no podrá abarcar menos del 15% del tamaño de la etiqueta posterior del respectivo envase o caja. Por otro lado, el proyecto también hace modificaciones a la publicidad. Existirán horas establecidas para incitar al consumo de bebidas alcohólicas en radio y televisión, mientras que se prohibirá la estimulación del consumo tanto en bienes nacionales de uso público como en actividades deportivas y artículos deportivos. La excepción serán las competencias internacionales que se realicen en Chile. Asimismo, no se podrá hacer publicidad en cualquier producto, publicación o actividad que esté destinada a menores de edad. Finalmente, el proyecto establece mayores regulaciones para proteger a niños, niñas y adolescentes. Prohíbe el ingreso de NNA a discoteques o lugares con expendio de alcohol y establece a dichos lugares la obligación de solicitar el carnet. Además, exige el carnet a todas las personas que compren alcohol. La multa por infringir estas obligaciones será entre 5 a 200 UTM más el comiso de los bienes, mientras que las infracciones a la publicidad variarán entre 20 y 200 UTA.

Fuente: Emol.com